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2017-08-04

ENSAYOS TÉCNICOS

Una resolución sobre el etiquetado de calzados y productos textiles

Su aplicación está en vigencia y obliga a fabricantes e importadores a presentar, ante la autoridad de aplicación, una declaración sobre la composición de sus productos y, a partir del próximo año, un informe técnico que acredite la veracidad de lo declarado.

Resolución 404, Secretaría de Comercio, Textiles, Calzados, INTI
La resolución busca garantizar la veracidad respecto a los materiales constitutivos de los productos que se comercializan en el país.

A partir de este año entró en vigencia la Resolución 404 que establece que los fabricantes nacionales e importadores de productos textiles y calzados están obligados a presentar, ante la Secretaría de Comercio del Ministerio de Producción, una Declaración Jurada de Composición de Producto. A partir del año 2018, la declaración deberá además estar acompañada de un informe de ensayo emitido por un laboratorio técnico. La nueva normativa nacional es el resultado del trabajo que se llevó adelante durante 2016, impulsado por el Ministerio de Producción con la participación del INTI, organismo nacional dedicado a promover el desarrollo industrial mediante la innovación y transferencia tecnológica; y garantizar la calidad de la industria a través de sus capacidades de medición, como referente de Metrología.

A través de sus centros de Textiles y Cueros, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial brindó asistencia técnica para la elaboración de los reglamentos técnicos, en este caso vinculado a la verificación de lo declarado en el etiquetado de los productos textiles y calzados. Dicha resolución establece que los fabricantes nacionales e importadores deberán presentar, ante la Secretaría de Comercio, una Declaración Jurada sobre la composición porcentual de las fibras, en el caso de los textiles, o de los materiales constitutivos, para los calzados.

El INTI podrá realizar a quienes lo soliciten, un informe de ensayo (no es una certificación) que servirá para respaldar la veracidad de la información declarada en el etiquetado o rotulado de tales productos. Por otro lado, la autoridad de aplicación podrá derivar al INTI, quien intervendrá como organismo verificador, mediante la realización de ensayos técnicos sobre muestras de los productos involucrados.

Para el caso del calzado, es necesario declarar los materiales constitutivos de las diferentes partes del calzado: capellada, forro y fondo. La Declaración Jurada debe informar todo material que ocupe el 80% de la superficie de las partes del calzado. Si ninguno de estos representara al menos un 80% es necesario registrar los dos principales materiales que lo conforman.

En este sentido el Centro INTI-Cueros, como organismo técnico nacional,  ofrece a la industria una oferta de ensayos para poder cumplir con la Resolución. En este aspecto brinda análisis en: planimetría de capellada; planimetría del forro; planimetría de base e identificación de materiales constitutivos del calzado.

Para mayor información, comunicarse con cueros@inti.gob.ar

Valeria Montenegro
INTI Comunicación
prensa@inti.gob.ar
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